El Ministerio de Agroindustria informó hoy que se implementaron nuevos procedimientos para los establecimientos que integran el circuito comercial que provee ganado para faena de exportación a la Unión Europea (UE) que «simplificarán y facilitarán los trámites».
La medida se adoptó a través de la Resolución 53/2017 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicada hoy en el Boletín Oficial.
«La normativa permite el acceso de animales a la Unión Europea en forma más dinámica, y mejora la operatividad de los productores y el desarrollo de mecanismos de control acordes al sistema implementado», afirmó Agroindustria.
La cartera conducida por Ricardo Buryaile indicó que «el circuito comprende los animales que nacen, se crían, se engordan y se envían a faena para exportar su carne a la Unión Europea, donde todos los animales se encuentran identificados y trazados, así como los establecimientos registrados en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA)».
«Esta nueva modalidad simplifica y facilita los trámites que deben realizar los productores, mientras que brinda mayores garantías de cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos por la Unión Europea. A su vez, se mantienen y agilizan los controles y requisitos existentes por parte del Organismo para los proveedores de carne a la Unión Europea», destacó.
El ministerio de Agroindustria detalló en un comunicado las principales novedades que establece la normativa: *Mayor disponibilidad de establecimientos aptos para remitir bovinos, bubalinos y ciervos a establecimientos proveedores de bovinos para faena a la UE.
*Se elimina la obligación de elaborar y declarar la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI) de animales desde los campos que abastecen a los Establecimientos Proveedores de Faena a la UE.
*El productor del campo proveedor de faena para UE debe realizar la lectura de los animales al arribo del predio de destino, momento en el cual los animales se incorporan al circuito UE, simplificando el trámite y la operatividad, y minimizando el error humano. яндекс
*Los establecimientos que se encuentran inscriptos en el actual registro de proveedores de faena a la UE no deben volver a inscribirse.
*Los nuevos productores que deseen ingresar al registro, deben declarar la totalidad de las caravanas aplicadas sobre los animales del predio y esperar al menos 40 días para enviarlos a faena.
* El registro es por establecimiento agropecuario, por ende, todos los productores que realicen actividad ganadera en el predio deben inscribirse. Asimismo, deben efectuar la inscripción por cada especie animal bovina, bubalina y ciervos existentes.
*Se mantiene la condición de que únicamente pueden enviar animales a faena de exportación a la UE los establecimientos que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Establecimientos Rurales Proveedores de ganado para faena de exportación a la UE.
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