
El debate sobre propiedad intelectual, uso propio y avances científicos reabre una discusión clave: cómo equilibrar tecnología, mercado y derechos del productor en Argentina.
Con pasión o con razón el tema introducido en el reciente “Acuerdo de Comercio e Inversión entre los Estados Unidos y la Argentina”, llena espacios en comentarios y el debate está abierto para interpretar y dar validez a cada una de las propuestas.
El Centro Argentino de Ingenieros Agrónomos dio a conocer un documento en el que plantea entre otras cuestiones que en el marco de la propiedad intelectual de medicamentos y semillas el tema adquiere importancia, en particular, para nuestro país como productor y agroexportador. Mientras que la adhesión a determinada norma funciona a escala global, la propiedad intelectual es algo que se regula distinto según los límites territoriales.
La Argentina tiene una Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas (20247) del año 1972. Pasaron 54 años desde su sanción. Para algunos este sólo significado amerita su modificación o sanción de una nueva ley acorde a los adelantos tecnológicos producidos. Oros, adhieren a que hay que hacer cumplir la ley. Fiscalizar más y sancionar los usos indebidos, fundamentalmente la denominada “bolsa blanca”. El único pago que debería hacer el productor es a través de la compra de la semilla. El avance tecnológico y desarrollo debería estar a total costo y riesgo de las empresas semilleras que obtendrían su retribución a la venta de la semilla fiscalizada.
UPOV (Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales) es un convenio internacional entre países. Desde su creación en 1961 tuvo varias modificaciones, 1972, 1978, 1991. De los 195 Estados que existen en el mundo (ONU) sólo se han adherido 77 a UPOV (39,5%). De ese total 22 países están adheridos al Acta UPOV78, el resto adhirió a la UPOV91 (45 países).
Argentina se adhirió en 1993 solo a UPOV78 (ley 24376). Cabe preguntarse ¿por qué?, si ya existía UPOV91. Por ser un convenio internacional, la adhesión se tiene que hacer mediante intervención del Congreso. Por lo que ya existe en nuestra ley, cualquier adhesión debe hacerse con reservas. En UPOV91 hay un avance en el “derecho del obtentor” respecto al “privilegio del agricultor” al uso propio. También un avance sobre el “producto de la cosecha” o el “fabricado” a partir de ella. El acta abarca todos los vegetales. Las diferencias entre el UPOV78 y el UPOV91 no vienen dadas por los requisitos de obtención de la variedad vegetal, sino por las consecuencias del otorgamiento de este derecho o el ámbito de protección. También hay una ampliación del plazo de protección (20 años).
¿Hay retraso tecnológico en el campo de la I&D por no adherir a UPOV91? (sancionada hace 35 años). Por ejemplo, la norma no habla de la Edición Génica ni de otros adelantos científicos que se vienen desarrollando en los últimos años. ¿La norma no está desactualizada? La Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay aportan un alto porcentaje (50%) de la producción y comercio mundial de soja y no están adheridos a UPOV91 (continúan con UPOV78). ¿La no adhesión significó atraso en el progreso?
En una reciente nota de opinión (Infocampo) el ex subsecretario de Mercados Agropecuarios, Javier Preciado Patiño, compara “En el caso de la soja, en los últimos tres años en Brasil se inscribieron 954 cultivares, mientras que en la Argentina 102. Una abrumadora diferencia de 9,4 veces en favor de la mayor economía del Mercosur”. Al comparar superficies sembradas de ambos países 48 millones de hectáreas en Brasil y 17 millones en la Argentina, señala “que, no llegando a triplicar el área sembrada argentina ¡En Brasil inscriben 9 veces más variedades de soja! De manera que, por cada millón de hectáreas de soja plantadas, el productor brasileño dispone anualmente de 6,6 nuevas variedades de soja, mientras que el productor argentino solo de dos. Es decir, la oferta de genética de soja para Brasil resulta 3,3 veces superior a la Argentina. En cuanto a rindes, en los últimos 20 años pasó de un promedio casi igual de 2700 kg/ha a una media en Brasil de 3525 y de 2851 kg/ha en la Argentina, una diferencia de 674 kg/ha a favor de Brasil…” Hay otros elementos que habilitan a considerar el estancamiento de la producción en la Argentina, primero que existen derechos de exportación, segundo una política pendular en materia macro económica, una forma de producir con mayor proporción de contratistas que con productores individuales, una diversificación de cultivos, el avance de la producción de maíz incluyendo los lotes más productivos, una política errática en materia de biocombustibles, el uso casi exclusivo de la siembra directa y su efecto en la aparición de malezas resistentes, la transformación de la soja y su uso en la producción animal. etc.
El aumento de la producción y rindes de ambos países no puede atribuirse exclusivamente al uso de determinadas semillas. ¿Acaso ambos países no están adheridos a UPOV91? Por otra parte, si anualmente se inscriben tantas variedades, para que sirve “el derecho extendido” sobre la semilla. ¿Y tanta investigación y desarrollo se ve compensado por la venta de nueva semilla? Nadie obliga a proceder en el mejoramiento, nadie obliga a ganar o perder en el desarrollo de una mejora, en última instancia el productor (el mercado) es el que decide cuál es su mejor opción. ¿Cuántas quedan en el olvido? Argentina y Brasil no están adheridos a UPOV91.
En el documento Guía de Propiedad Intelectual de la International Seed Federation, puede leerse:
“Desde el momento en el que los seres humanos comenzaron a domesticar especies de plantas silvestres hace unos 10.000 años, la innovación ha sido clave para la agricultura. Trabajando con las incertidumbres de la naturaleza, los seres humanos comenzaron encontrando, seleccionando y domesticado plantas que daban una mejor respuesta a sus necesidades de alimentos, combustibles, fibra y otros.
Al principio, trabajaron con la diversidad genética disponible en el entorno silvestre. Después, comenzaron a guardar semillas para la siguiente temporada y también intercambiaban semillas y plantas con otros agricultores. Seleccionaron y desarrollaron cultivos que se adaptaban mejor a sus propias regiones, suelos y climas específicos. Eventualmente, desarrollaron nuevas variedades de trigo, arroz y maíz, los tres cultivos más importantes para la alimentación actual de la humanidad.
Con el paso del tiempo, los agricultores aprendieron a innovar todavía más rápido. Hace más de 150 años, científicos como por ejemplo Charles Darwin y Gregor Mendel descubrieron cómo pasaban información genética de una generación a la siguiente las especies de plantas. Desde entonces, el ritmo del cambio se ha acelerado. Actualmente, el proceso de obtención de plantas se ha convertido en más profesional y técnico, pero el espíritu de la innovación es igual de importante que siempre…”
Cuando se habla de derechos y regalías habría que preguntarse ¿quién paga y quiénes cobran los derechos por los miles de años de progreso en las semillas? ¿No son los mismos productores, acaso, quiénes en condiciones de campo experimentan y promueven la mejora genética de las semillas? Entendemos que la humanidad con su ciencia, crea variedades mejoradas en ciertos aspectos y susceptibles a otros, adaptables a determinadas condiciones de clima, temperatura, regímenes de lluvias, resistentes a herbicidas y enfermedades, etc…, en zonas más adecuadas para su evolución como cultivos, pero ¿ha creado verdaderamente “algún nuevo vegetal”? El maíz (Zea mays) sigue siendo el maíz originario, lo mismo para el trigo, la soja, el arroz o cualquier otro vegetal. Razón por la cual, todo pago debe hacerse únicamente a través del precio de la semilla o planta propagada.
La semilla es un insumo más de la producción. NO EL ÚNICO (suelo, manejo, fertilizantes, labores culturales, clima, agua, etc.) Las plantas heterógamas (ej. maíz, girasol), las autógamas (ej. trigo, soja, garbanzo) y las de reproducción agámica tienen distintas implicancias comerciales.
UPOV91 no habla de edición génica (CRISPR)… ni de epigenética… ni de bioestimulantes.
La complejidad del tema obliga a pensar una solución equilibrada… evitar conflictos de intereses… y reconocer la asimetría de poder entre empresas y productores.
En Expoagro se evidenciaron posiciones claras. El aumento del uso de semilla certificada muestra que cuando el mercado funciona, la regulación no siempre es determinante.
Hace más de 30 años que se discute la Ley de Semillas. Sin resolución definitiva.
“Para los legisladores, modificar o cambiar una ley de semillas representa un desafío… Se debe convenir qué cosas nos devienen de la naturaleza… y quién debe pagar los derechos de propiedad intelectual”.
La ley no puede responder a una coyuntura: debe sostenerse en principios éticos y en el interés general del país.
El problema no es solo la ley. Es la decisión de hacerla cumplir.
Autor . Centro Argentino de Ingenieros Agronomos

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